Fuego para prevenir una nueva plaga de topillos

En León la explosión demográfica no es alarmante y se fija en Tierra de Campos



La delegación territorial de la Junta de Castilla y León ha resuelto autorizar “por motivos fitosanitarios” la limpieza y quema de cunetas, linderas y desagües en aquellas parcelas donde se haya detectado una explosión demográfica de topillo campesino.Estas medidas evitarán que los topillos –“un organismo nocivo”– alcance extensiones importantes y puedan causar grandes pérdidas económicas tal y como ocurrió con la plaga de 2007, que arrasó en la provincia miles de hectáreas. “Ante la imposibilidad de su control, en ocasiones, por parte de los agricultores con acciones individuales, se hace necesaria la articulación de medidas fitosanitarias dirigidas a su control”, reza la resolución.Así todo, según explicaron ayer fuentes de la Junta, la resolución no significa que se haya registrado una explosión demográfica alarmante si no que es una forma de “adelantar tiempos” en el caso de que ésta se produzca tal y como ya han aprobado otras provincias de la comunidad como Valladolid o Palencia.

La resolución, publicada ayer en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) también establece las condiciones y el procedimiento para llevar a cabo estas labores que deberán ser autorizadas previamente por la Junta. Así todo, las solicitudes deberán dirigirse al Jefe de Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería de León, y deberán ser efectuadas por los presidentes de las juntas agropecuarias locales, con el visto bueno del alcalde del Ayuntamiento de los lugares donde estén ubicadas las zonas a quemar.


Condiciones de la quema


La quema de cunetas deberá llevarse a cabo conforme a unas condiciones particulares que vienen perfectamente detalladas en la resolución publicada ayer en el BOP.

Así, antes de la quema, se ejecutarán cortafuegos en el borde exterior de la zona que se va a quemar, de anchura no inferior a tres metros.

Las quemas se iniciarán después de salir el sol y se darán por terminadas cuando falten dos horas al menos para su puesta; éstas, deber estar vigiladas hastaque el fuego esté completamente acabado.

La orden también prohibe que se realicen en días de fuerte viento y, además, se deberán preservar de la quema los linderos con vegetación arbórea, para lo que será preciso realizar cortafuegos perimetrales de al menos tres metros de anchura. Se prestará especial cuidado para que el humo y pavesas, procedentes de la quema, no afecten ni ocasionen falta de visibilidad.





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